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W o r k i n g M i n d s

Norma Oficial Mexicana 037

El proyecto de Norma Oficial Mexicana aplicará solo para el desarrollo de actividades que utilicen las personas teletrabajadoras con las tecnologías de la información y comunicación, con más del 40 por ciento de su jornada laboral semanal.

En esta norma se establecieron 13 obligaciones para el patrón y 9 obligaciones para el trabajador siendo responsabilidad de la empresa lo siguiente:

Contar con un listado actualizado de los teletrabajadores y acordar las condiciones mínimas que deberá tener el o los lugares desde donde trabajará.

Establecer por escrito y difundir una Política de Teletrabajo que promueva la prevención de riesgos, la perspectiva de género y la conciliación de la vida personal; evite el aislamiento; señale obligaciones.

  1. Igualdad de derechos; establezca mecánicas para informar cambios, entre otros.
  1. Informar sobre los posibles riesgos y exposición a factores de riesgo ergonómicos, psicosociales y de salud.
  1. Contar con la validación de la Lista de verificación de las condiciones de seguridad y salud, a fin de que se cumplan.

Validar dicha lista a través de una visita con previa autorización o realizándole preguntas al colaborador.
Establecer y documentar el proceso de implementación del Teletrabajo para las empresas que cambien de la modalidad presencial a teletrabajo (forma de mantener comunicación; causas para asistir al centro de trabajo; forma en que se supervisará el trabajo, manera en que se dará mantenimiento al equipo, etc.)

Proporcionar herramientas e insumos necesarios para el adecuado desempeño que garanticen condiciones ergonómicas y apropiadas.

Establecer y documentar programas y la manera de proporcionar mantenimiento a los equipos.

Capacitar al menos una vez al año sobre las condiciones de seguridad y salud que deben mantener.

Cambiar a trabajo presencial cuando el colaborador informe de alguna condición o alteración que lo justifique.

Dar seguimiento a los accidentes reportados sufridos en el lugar acordado, con motivo o en ejercicio de sus actividades.
Compartir la documentación requerida (lista de verificación de las condiciones, evidencia fotográfica y aquella que compruebe la entrega del equipo).

Contar con mecanismos de atención para casos de violencia familiar que consideren, entre otras cosas,
El retorno a la modalidad presencial de manera temporal o permanente.

La norma considera cinco guias de referencia (cuestionarios, encuestas o listas de verificación):

  • Capítulo 7. Condiciones de seguridad y salud en el trabajo, donde se establecen las medidas para identificar y mitigar los riesgos físicos, ergonómicos y psicosociales.
  • Capítulo 8. Capacitación y adiestramiento, donde se establecen los lineamientos a seguir para la capacitación de la tele trabajadores.
  • Capítulo 9. Organismos de evaluación de la conformidad, donde se establece las condiciones para realizar una verificación por una unidad externa.
  • Capítulo 10. Procedimiento para la Evaluación de la Conformidad, donde se establecen las guías de cumplimiento por cada requerimiento establecido en la norma y realizan observaciones que pueden apoyar al patrón en la correcta aplicación de la norma.
 

La norma se conforma por capítulos, del séptimo al décimo se establecen los elementos con los que la empresa debe cumplir y corresponden a los siguientes:

 

Guía de referencia 1: Lista de verificación de las condiciones de seguridad y salud en el lugar de trabajo, que contiene preguntas que el patrón puede incorporar a la lista de verificación de las condiciones de seguridad y salud que se les proporcionará a las personas trabajadoras bajo la modalidad de Teletrabajo.

Guía de referencia 2: encuestas para la selección de candidatos para el Teletrabajo. Esta guía es una orientación para que el patrón determine si sus trabajadores son candidatos para realizar Teletrabajo.

Guía de referencia 3: Listado con recomendaciones de actividades previas a Teletrabajar, en la guía se presentan seis actividades que las personas teletrabajadoras pueden realizar antes de iniciar su jornada de trabajo.

Guía de referencia 4: Política de Teletrabajo, que incluye las consideraciones que el patrón debe normas para el buen funcionamiento del teletrabajo.

Guía de referencia 5: Recomendaciones para seleccionar una silla ergonómica.

Las empresas deberán cumplir con evidencias que serán auditadas por la Secretaría del Trabajo; ejemplos de estas evidencias son:

 
  1. Contar con un listado actualizado de las personas teletrabajadoras, con al menos la siguiente información:
  2.  
    • Nombre del trabajador;
    • Sexo;
    • Puesto de trabajo;
    • Actividades por desarrollar;
    • Perfil de puesto;
    • Número telefónico de contacto;
    • Domicilio de la persona teletrabajadora, y
    • El (los) lugar(es) de trabajo acordado(s) con el patrón, con su(s) domicilio(s) desde donde se realizarán las actividades de teletrabajo.
  3. El (los) lugar(es) de trabajo acordado(s) con el patrón, con su(s) domicilio(s) desde donde se realizarán las actividades  de teletrabajo.
  4. Verificación en sitio o mediante encuestas que aseguren que el empleado cuenta con condiciones de seguridad y salud en el trabajo, haciendo énfasis en el buen estado de las instalaciones eléctricas, iluminación, ventilación y condiciones  ergonómicas.
  5. Comprobar la difusión de una política de teletrabajo.
  6. Informar, capacitar o guia al personal para evitar riesgos con la actividad que desarrollan.
  7. Proporcionar herramientas e insumos de trabajo al teletrabajador.
  8. Programas de mantenimiento a los equipos para el manejo de las TIC  (Tecnologías de la Información y Comunicación).
  9. Contar con un proceso para dar seguimento a los avisos de accidentes de trabajo.
  10. Contar con mecanismos de atención para casos de violencia familiar.
  11. Instaure mecanismos de participación en el centro de trabajo a fin de evitar el aislamiento social del trabajador, incluyendo a través de reuniones presenciales o por medio de las TIC.
  12. Indique los mecanismos y reglas de contacto y supervisión para el teletrabajo, incluyendo los sistemas operativos, medios de contacto o cualquier tecnología que serán utilizados para tales fines.
 

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